lunes, 18 de julio de 2011

Fondo de Utilidades Tributarias



El FUT es un libro de control que debe ser llevado por los contribuyentes que declaren rentas efectivas en primera categoría, demostradas a través de contabilidad completa y balance general en donde se debe detallar las utilidades tributarias junto a sus créditos generados por el pago de impuesto de primera categoría, los que sirven para tener noción del pago total del impuesto global complementario que declaran los dueños o propietarios de la empresa al momento de hacer algún retiro.

1.      Es así que la ley ha establecido una serie de preferencias, señalando el orden en que debe efectuarse:
2.      Se deben retirar las utilidades más antiguas, o sea usa la metodología FIFO.
3.      Si existen utilidades gravadas y no gravadas con impuesto de primera categorías o adicional, se deben retirar las primeras utilidades gravadas.
4.      En el caso de que los retiros en su conjunto sobrepasen al FUT, incluyendo el del ejercicio actual, cada socio contribuirá según la proporción que representen sus retiros en el total de ellos, respecto de dicha utilidad.
5.      Si las utilidades tributables del ejercicio no fueran suficientes para cubrir el monto de los retiros en exceso, el remanente se retirará en el ejercicio del periodo siguiente.

El FUNT

Junto con el FUT, también puede existir el FUNT, o Fondo de Utilidades No Tributables, donde se registran aquellos ingresos no renta o exentos de tributación que percibe la sociedad o contribuyente obligado a llevar este registro. Por ejemplo, si la sociedad arrienda viviendas del tipo DFL-2 y por ello reciben ingresos, éstos no se consideran renta y por tanto están exentos de tributar. También podría ser el caso de utilidades provenientes de inversiones en el extranjero que ya no pagaron impuestos y que en Chile no volverán a ser gravadas en virtud de convenios de doble tributación.



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