lunes, 18 de julio de 2011

Sujetos participantes en el IVA

1.   Regla General:

El vendedor o prestador de servicios es aquel que posee el titulo de sujeto pasivo del impuesto, ya sea por un hecho gravado básico o especial, asimilando las ventas o servicios.

2.   Regla Especial:

Son sujetos pasivos en los hechos gravados los que se detallan a continuación:
  • ·         El importador, habitual o no.
  • ·         Comprador, cuando el vendedor no tenga residencia en Chile.
  • ·         El accionista en el caso de las sociedades económicas.
  • ·         El beneficiario del servicio, si la persona que efectúa la prestación residiere en el extranjero.
  • ·         Los contratista o subcontratistas.

3.      Cambio en el sujeto pasivo:

Se entiende por cambio de sujeto a aquellos que la Ley los autorice, cambiando de vendedor a prestador de servicios como sujeto pasivo, trasladando este rol al comprador o el beneficiario del servicio respectivo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario